Por Ricardo Pajuelo Bustamante. Asesor para inversiones.
Los Inspectores de Trabajo de la SUNAFIL vienen fiscalizando el cumplimiento de la Ley N° 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, y que dispone la determinación de categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igualdad de remuneración por igual trabajo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2018-TR; en concordancia con lo previsto en la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y la Ley N° 26772, sobre prohibición de requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato.
En tal sentido, la autoridad inspectiva está exigiendo tanto a MYPES, PYMES, Medianas y Grandes Empresas, la presentación del documento denominado “Política salarial” o “Política remunerativa“, que contiene el conjunto de criterios y directrices establecidos por el empleador para la gestión, fijación o reajuste de los diferentes esquemas de remuneración de los trabajadores, así como su constancia de comunicación a los trabajadores.
SI ADMINISTRAS UNA EMPRESA, NO OLVIDES LO SIGUIENTE:
o por correo electrónico a pajuelobustamante@gmail.com

Palabras relacionadas:
brecha salarial
carta de inducción
carta inductiva
discriminación remunerativa
esquemas de remuneración
fiscalización laboral
igualdad salarial
inequidad salarial
infracción laboral
política remunerativa
política salarial
principio de igualdad
remuneración
EPB ABOGADOS
Ricardo Pajuelo Bustamante Ley 30709
Ley 28983 Ley 26772
carta de inducción
carta inductiva
discriminación remunerativa
esquemas de remuneración
fiscalización laboral
igualdad salarial
inequidad salarial
infracción laboral
política remunerativa
política salarial
principio de igualdad
remuneración
EPB ABOGADOS
Ricardo Pajuelo Bustamante Ley 30709
Ley 28983 Ley 26772